Los alumnos que están investigando son listados a continuación. El alumno Esteban, Guillermo deberá concretar la hipótesis de trabajo y la alumna Leiva deberá elegir uno de los temas propuestos. Estaremos acompañándolos en su tarea.
1. Turano, Agostina
La ley 24.522 en su última modificación, busca preservar la función social de la empresa y fomenta la supervivencia de aquellas que se encuentran en concurso preventivo pero en la práctica, las políticas de gobierno parecen imponerse, generando el cierre de una porción destacada de empresas argentinas.
Metodológicamente se trabajará de manera cuantitativa sobre datos estadísticos de cierres de empresas argentinas durante 2017, entrevistas abiertas sobre la situación de las mismas, se analizará la doctrina relacionada al tema y se estudiarán las condiciones jurídicas y políticas que tuvieron lugar durante el año investigado.
2. Rangugni, Catalina
Toda vez que las entidades tanto financieras como aseguradoras están excluidas del régimen de concursos preventivos previstos por la ley 24.522 de concursos y quiebras, algunos autores han sugerido incorporar al régimen previsto para las entidades aseguradoras un sistema similar al cramdown. A partir de ello me propongo comparar las regulaciones de la ley 21.526 (entidades financieras), de la ley 24.522 (concursos y quiebras) y de la ley 20.091 (entidades aseguradoras) en lo referido al procedimiento de salvataje y de la exclusión de activos y pasivos, en virtud de concebir un procedimiento que permita solucionar el perjuicio que implica para los asegurados la liquidación forzosa de las aseguradoras con las que contrataron.
3. Esteban, Guillermo Agustín
Continuación de la explotación de la empresa fallida.
Tema de Interés: Procedimiento para la Continuación de
la Explotación de la empresa fallida y aplicación actual a la luz de la última
reforma que introdujo la ley 26.684. [Artículos 189-192 Ley 24.522 con sus
modificaciones. Capítulo IV, Sección II].
Objetivos:
1- Analizar, mediante una reseña histórica en la legislación
Argentina, desde sus inicios, la Continuación de la Explotación de una Empresa
cuyo deudor se encuentra fallido, así
como también el contexto económico, y social (laboral) que hizo hincapié en las
reformas de 2002, y 2011.
2- Analizar y comentar en detalle los requisitos que la ley
exige en sentido genérico para continuar con la explotación de una empresa en
la cual su deudor se encuentra fallido.
3- Analizar la etapa procedimental en su totalidad respecto
del tema referido, rol que deberá tomar el juez, el síndico y/o la cooperativa,
plazos, cómputos, entre otros.
5- Analizar cómo opera el mecanismo de continuación
inmediata en cuanto al comienzo de la tramitación.
6- Analizar si las únicas cooperativas que pueden ser
conformadas son las cooperativas de trabajo, en ese caso como se computan las
dos terceras partes, o que ocurre en los casos en que la cooperativa está
conformada por acreedores laborales.
7- Analizar las restricciones en materia indemnizatoria
laboral respecto del cómputo al momento de continuar con la explotación de una
empresa.
8- Comparar los dos modos diferentes de continuación de la
explotación dependiendo de si dicha explotación está a cargo del síndico o de
una cooperativa de trabajo conformada por trabajadores de la empresa en
quiebra.
9- Analizar casos concretos, con sustento en fuente jurisprudencial de Cámara
en caso de silencio de ley o vacios legales respecto de cuestiones determinadas:
a) Adquisición parcial, y no total de la empresa quebrada por parte de la
cooperativa que la está explotando. b) Procedencia de la solicitud de una
cooperativa para continuar con la explotación de una empresa que se encuentra
inactiva por un periodo considerable.
Jurisprudencia:
1- SODA
CORBELLE SRL s/QUIEBRA Expediente
N° 46754/2008 .
2- LANCI IMPRESORES S.R.L. s/QUIEBRA N° 1687/2008.
4. Leiva, Maria Florencia
Opc. 1.:
Tema: Quiebra de Consorcios de PH.
Tema: Quiebra de Consorcios de PH.
Pregunta: ¿Puede quebrar un consorcio? ¿Qué efectos jurídicos tendría
dicha quiebra? En caso de ser posible, ¿Qué bienes se podrían rematar?
Hipótesis: Resulta imposible liquidar un consorcio ya que perjudicaría a los habitantes de la propiedad sometida a régimen de propiedad horizontal.
Hipótesis: Resulta imposible liquidar un consorcio ya que perjudicaría a los habitantes de la propiedad sometida a régimen de propiedad horizontal.
Ej:
1. “CONSORCIO DE PROPIETARIOS DE LA CALLE PERU 1724 s/
PEDIDO DE QUIEBRA POR RAMIREZ, EVA.”
-
CNCom sala A 2014-02-27 “Consorcio de Copropietarios de calle
Sarmiento 412 s/ Concurso Preventivo” en Microjuris MJ-JU-M-
85530-AR| MJJ85530.
-
Otros.-
Opc. 2:
Tema: Quiebras en que puede intervenir el Poder Ejecutivo.-
Pregunta: ¿Qué características debe tener una quiebra de una empresa/ sociedad para que sea intervenida por el poder ejecutivo?
Hipótesis: El valor social de una empresa haría necesaria y deseable la intervención del Estado para que en caso de quiebra no se liquide la sociedad y así mantener los puestos de trabajo de los empleados.
Ej:
Tema: Quiebras en que puede intervenir el Poder Ejecutivo.-
Pregunta: ¿Qué características debe tener una quiebra de una empresa/ sociedad para que sea intervenida por el poder ejecutivo?
Hipótesis: El valor social de una empresa haría necesaria y deseable la intervención del Estado para que en caso de quiebra no se liquide la sociedad y así mantener los puestos de trabajo de los empleados.
Ej:
1. grupo greco (Mendoza)
2. Quiebra de la Papelera San Jorge S.A. 3. Otros.-
2. Quiebra de la Papelera San Jorge S.A. 3. Otros.-
Maria Florencia Leiva
Dni: 38464886
Comisión: 0676
Opc. 3:
Tema: Intervención del Ministerio Público Fiscal
Pregunta: ¿En que supuestos cabria una intervención de oficio del MPF?
Hipótesis: En aquellos casos en que se encuentre involucrado el orden público o el interés general, el MPF podría intervenir de oficio, como ser quiebras fraudulentas.
Ej:
2. Otros.-
Opc. 3:
Tema: Intervención del Ministerio Público Fiscal
Pregunta: ¿En que supuestos cabria una intervención de oficio del MPF?
Hipótesis: En aquellos casos en que se encuentre involucrado el orden público o el interés general, el MPF podría intervenir de oficio, como ser quiebras fraudulentas.
Ej:
2. Otros.-
1. Caso Perchick Samuel. “PERCHIK, SAMUEL Y OTROS C/
HEREDEROS DEL FALLIDO CO DEMANDADO (SAMUEL
PERCHIK) S/OTROS - QUIEBRA S/ACCION DE REVOCATORIA
CONCURSAL”.
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